●  2 de octubre de 2026 · Cumplimiento · Lectura de 9 min

Cómo identificar a un PEP en Perú: cargo, entidad y plazo

Última revisión: 2026-10-09. Contenido informativo, no constituye asesoría legal.

Para saber si una persona es PEP, revisas cuatro cosas en este orden: si es o fue candidata a una elección, en qué entidad trabaja o trabajó, si su cargo aparece tal cual en la lista oficial de cargos, y si todavía no pasaron dos años desde que dejó la función. Con esas cuatro respuestas descartas a la mayoría de las personas que trabajaron en el Estado y te quedas con los PEP de verdad, con una fecha que lo sustenta.

El método que sigue recoge las recomendaciones de Yemiko Hamada, especialista en cumplimiento normativo con experiencia en entidades financieras, contrastadas con el texto oficial de la lista de cargos.

TL;DR – Trabajar en el Estado no te hace PEP. Te hace PEP ocupar uno de los cargos de la lista oficial, en una de sus entidades. – La lista se lee literal. Si el cargo no está escrito ahí, la persona no es PEP por ese cargo. – La condición dura mientras ejerce la función y dos años después. Antes eran cinco. – Un candidato que no sale elegido deja de ser PEP con los resultados oficiales. – La clasificación se revisa cada mes, porque cada mes alguien entra al Estado y alguien sale.

Lo que se suele revisar y lo que de verdad decide

Lo habitual es buscar el nombre en una base de funcionarios públicos y, si aparece, marcarlo como PEP. Así se llega a bases con decenas de miles de personas, entre ellas asistentes, choferes y analistas que la norma nunca incluyó.

Lo que decide es otra cosa: el cargo exacto, en la entidad exacta, dentro del plazo. Una persona que figura como «secretaria de la secretaría de coordinación» de un ministerio no es un secretario general, aunque trabaje en el mismo edificio. Marcarla como PEP tiene un costo real: a un cliente clasificado por error se le exigen aprobaciones y formularios de alto riesgo, y una operación que debía salir en el día se queda detenida hasta que alguien revise.

Los cuatro grupos con los que se trabaja

En la práctica, la revisión se ordena en cuatro grupos:

  • PEP candidato: quien postula a un cargo de elección popular.
  • PEP titular: quien ejerce o ejerció un cargo de la lista.
  • Familiar por consanguinidad: padres, hijos, hermanos, abuelos y nietos del titular.
  • Familiar por afinidad: el cónyuge, los suegros, los cuñados, los yernos y nueras y los hijos del cónyuge.

Conviene tratar también como afinidad a la pareja que el titular declara en sus declaraciones juradas, aunque no estén casados. La norma no lo detalla, pero la información de parentesco sale de lo que el propio funcionario declara.

Los familiares no son PEP por sí mismos. Reciben el mismo tratamiento reforzado por su vínculo con el titular, hasta el segundo grado.

Sustento: Resolución SBS N.° 4349-2016 (definición y lista de cargos) y, para los proveedores de servicios de activos virtuales, Resolución SBS N.° 02648-2024 (tratamiento del entorno familiar).

Un socio de negocios no entra en ningún grupo. Si un PEP es uno de los beneficiarios finales de una empresa, la que cambia de nivel de riesgo es la empresa, y el socio sigue sin ser PEP.

Filtro 1: separa a los candidatos

Los candidatos a cargos de elección popular son PEP mientras dura la candidatura. Si no salen elegidos, dejan de serlo cuando se proclaman los resultados oficiales, sin los dos años adicionales. Si salen elegidos, pasan a ser PEP titulares por el cargo.

Por eso conviene separarlos primero. Una base que conserva a los candidatos de elecciones pasadas infla la cartera con personas que ya no califican, y en un año electoral ese error crece rápido.

Filtro 2: revisa la entidad

Antes de mirar el cargo, mira dónde trabaja la persona. La lista oficial habla de tipos de entidad concretos:

  • El Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y los gobiernos locales.
  • El Congreso, el Poder Judicial y el Ministerio Público.
  • Las fuerzas armadas y la policía, en sus mandos más altos.
  • Los organismos reguladores, supervisores y constitucionalmente autónomos.
  • Las embajadas, los partidos políticos y los organismos internacionales.

Una persona que trabaja en un hospital regional o en una empresa privada que le presta servicios al Estado no pasa este filtro. Con esta sola revisión se cae una parte grande de cualquier base de funcionarios.

Filtro 3: lee el cargo al pie de la letra

Desde enero de 2025 la lista de cargos ya no es un ejemplo de referencia. Es la lista. Si el cargo no está escrito ahí, la persona no es PEP por ese cargo.

Sustento: Resolución SBS N.° 00199-2025, que retiró la expresión «de manera enunciativa» del anexo de la Resolución SBS N.° 4349-2016.

La modificación de agosto de 2025 además sacó a varios cargos que antes figuraban. Hoy la lista dice esto:

  • En las embajadas, solo el embajador. Los cónsules y los ministros plenipotenciarios salieron, y los agregados y el personal administrativo nunca estuvieron.
  • De los asesores, solo el jefe de gabinete de asesores. Un «asesor legal» o un «asesor de jefatura» ya no es PEP.
  • En contrataciones del Estado, solo los funcionarios del órgano encargado. Los servidores salieron.
  • En tesorería, presupuesto, finanzas y logística, solo los titulares de cada área. Los encargados salieron.

Sustento: Resolución SBS N.° 02868-2025, que modificó los literales e, i, j, k y m del anexo.

Antes, en enero de 2025, también salieron los gerentes y directores de las empresas con participación estatal mayoritaria.

Una regla especial: los colaboradores directos de un PEP también son PEP, pero solo si son la máxima autoridad de la institución a la que pertenecen.

Filtro 4: calcula la fecha

Un PEP titular lo es mientras ejerce la función y durante los dos años siguientes a que la deja. Hasta agosto de 2025 ese plazo era de cinco años, así que muchas bases todavía tienen marcadas a personas que ya salieron.

El cálculo es simple. Si alguien dejó el cargo el 31 de diciembre de 2026, es PEP vigente hasta el 31 de diciembre de 2028. Desde el día siguiente pasa a ser un PEP histórico: ya no recibe el tratamiento de PEP, pero conservas el registro de cuándo lo fue.

Sustento: Resolución SBS N.° 02868-2025, publicada el 16 de agosto de 2025, que redujo el plazo de cinco a dos años.

Para hacer este cálculo necesitas, por cada persona, la entidad, el cargo, la fecha de inicio y la fecha de fin. Sin la fecha de fin no sabes si todavía es PEP.

Cuando el cargo no se entiende

Las bases públicas traen cargos mal escritos, siglas sin explicación o nombres de programas en lugar de puestos. En esos casos la entidad y el cargo no alcanzan, y hace falta una segunda fuente: las declaraciones juradas que presentan los funcionarios y la información pública abierta.

Esa revisión es manual y toma tiempo, así que conviene reservarla para los casos que pasaron los filtros 1 y 2. También conviene cruzar por número de documento y no solo por nombre, porque los homónimos son la causa más común de marcar como PEP a quien no lo es.

Cada cuánto se revisa

Cada mes. Renuncian viceministros, cambian gerentes regionales, termina un proceso electoral y se proclaman resultados. Una clasificación que fue correcta en el onboarding puede estar mal dos meses después, en cualquiera de las dos direcciones.

Cada revisión va al legajo con su fecha y con la versión de la lista que usaste. Si el supervisor revisa tu cartera, o un cliente reclama porque lo marcaste como PEP sin serlo, la respuesta está en ese registro.

Cómo se sostiene con muchos clientes

Con pocas decenas de clientes, estos cuatro filtros se aplican a mano. Con miles, conviene que los haga tu sistema: consultar a cada persona al darla de alta, guardar la entidad, el cargo y las fechas, y volver a consultar cada mes para detectar a quien entró o salió.

Esta es la misma lista aplicada a nosotros. La Consulta PEP de VerificaID recibe un DNI y devuelve si la persona es PEP, la entidad, el cargo, su historial laboral y sus posibles vínculos familiares. Se usa desde la plataforma web o por API conectada a tu sistema.

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si una persona es PEP en Perú?

Revisa en orden la entidad donde trabaja o trabajó, su cargo leído tal como figura en la lista oficial de cargos, y las fechas: la condición dura mientras ejerce el cargo y dos años después de dejarlo. Si fue candidato y no salió elegido, deja de ser PEP con los resultados oficiales.

¿Cuánto dura la condición de PEP?

Mientras la persona ejerce la función y durante los dos años siguientes a que la deja. Hasta agosto de 2025 el plazo era de cinco años.

¿Un candidato a elecciones es PEP?

Sí, mientras dura su candidatura a un cargo de elección popular. Si no sale elegido, deja de ser PEP cuando se proclaman los resultados. Si sale elegido, pasa a ser PEP por el cargo.

¿Todo el que trabaja en el Estado es PEP?

No. Solo los cargos que figuran en la lista oficial. Por ejemplo, en una embajada solo el embajador; los asesores ya no son PEP, salvo los jefes de gabinete de asesores.

¿El socio de un PEP es PEP?

No. Un socio sin vínculo familiar no se vuelve PEP. Lo que cambia es la evaluación de la empresa: si un PEP es uno de sus beneficiarios finales, la empresa pasa a un nivel de riesgo más alto.

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Fuentes

  • Anexo de la Resolución SBS N.° 4349-2016, versión agosto-2025, publicado por la SBS (lista de funciones y cargos PEP, con las modificaciones de las Resoluciones SBS N.° 00199-2025 y N.° 02868-2025).

Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. Última revisión: 2026-10-09.

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